ESTATUTOS DEL COOPERADOR PAULINO

Capitulo V Formación - Pertenencia - Promesa En el fondo permanecía el pensamiento de que es necesario desarrollar toda la personalidad humana para la propia salvación y para un apostolado más fecundo: mente, corazón, voluntad... (AD 22).

Art. 14 – Beneficios espirituales vinculados a la Asociación Cooperadores Paulinos

  • 1 – La Santa Sede ha concedido a los Cooperadores paulinos, regularmente inscritos, la indulgencia plenaria en las siguientes celebraciones:

–              Nuestro Señor Jesucristo, Divino Maestro;

–              Santísimo Cuerpo y Sangre de Cristo;

–              María Reina de los Apóstoles;

–              Inmaculada Concepción de María;

–              Asunción de María Santísima;

–              San José, esposo de la Virgen María;

–              San Pablo apóstol.

  • 2 – En reconocimiento y gratitud hacia todos los Cooperadores, la Sociedad San Pablo celebra cada año 2.400 Santas Misas -Misas Perpetuas- y las seguirá celebrando «hasta cuando el Señor quiera que exista la Congregación» (San Paolo, n. 24).
  • 3 – Para beneficiarse del fruto de las Misas Perpetuas se requiere la inscripción en el registro correspondiente, siguiendo las instrucciones dadas por el Superior general de la Sociedad San Pablo.
  • 4 – Cuando fallece un Cooperador, infórmese con prontitud al Coordinador mundial y a los miembros de la Asociación y de la Familia Paulina. Cada grupo de la nación a la que pertenece el Cooperador fallecido hará celebrar una santa Misa por su eterno reposo y los miembros de la Asociación y de la Familia Paulina ofrecerán oraciones en sufragio.

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Cooperador Paulino
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